Carolina Morán 1 Socia Directora de MORÁN & Asociados Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
La obligación o deber de secreto, deducida del deber de buena fe contractual, rige con carácter general las relaciones laborales y exige mantener en reserva datos relativos a la empresa cuya divulgación pudiera ocasionar algún perjuicio al empresario, tanto económico como de cualquier otra índole. El deber de secreto, respecto del de sigilo, supone un grado mayor de reserva al actuar solo en ciertos supuestos que se circunscriben a las materias que tienen naturaleza secreta por mandato de la ley o porque, siempre dentro de los términos permitidos por ésta, han sido así calificados. La obligación de secreto, con carácter general, recae sobre los...